ARTÍCULO 387. Oposición a la apertura a prueba.
ARTÍCULO 387. Oposición a la apertura a prueba. Dentro de los 5 días de notificadas, las partes podrán oponerse a la apertura a prueba, resolviéndose el punto previo aviso a la contraria. Solo será apelable la resolución que haga lugar al planteo.