ARTÍCULO 925. Efectos de la declaración de inconstitucionalidad.

ARTÍCULO 925. Efectos de la declaración de inconstitucionalidad. Cuando la sentencia declare total o parcialmente la inconstitucionalidad de una norma que no sea una ley, no será de aplicación en el caso. 

Cuando la sentencia declare total o parcialmente la inconstitucionalidad de una ley, deberá publicarse en el Boletín Oficial y la ley no será de aplicación en la Provincia. En estos casos, la Suprema Corte dará aviso a la Legislatura para que en el plazo de 90 días pueda, por mayoría de dos tercios de las y los miembros presentes de cada Cámara, declarar la aplicabilidad de la ley.