ARTÍCULO 929. Resolución.
ARTÍCULO 929. Resolución. La Procuración General deberá expedirse en el plazo de 5 días. La Suprema Corte resolverá sin otro trámite y comunicará la resolución a quien corresponda.
ARTÍCULO 929. Resolución. La Procuración General deberá expedirse en el plazo de 5 días. La Suprema Corte resolverá sin otro trámite y comunicará la resolución a quien corresponda.