ARTÍCULO 96. Efectos de la declaración de situación de vulnerabilidad.
ARTÍCULO 96 (actualizado). Efectos de la actuación procesal reforzada. Además de los efectos previstos en este código, la declaración dictada en los términos del artículo anterior implicará el deber de las juezas y jueces de dar prioridad al respectivo trámite.
(Modificación realizada el 21-10-2021 a propuesta de Ornela Piccinelli, Lorena Sarquis y Camila Beguiristain en la comisión de trabajo sobre personas en situación de vulnerabilidad).
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ARTÍCULO 96. Efectos de la declaración de situación de vulnerabilidad. Además de los efectos previstos en este código, la declaración de vulnerabilidad dictada en los términos del artículo anterior implicará el deber de juezas y jueces de dar prioridad al respectivo trámite.