Artículo 16°

Artículo 16°. Lineamientos. Para quienes opten por la  implementación del Plan Estratégico de Integridad, el mismo deberá contener como mínimo las siguientes herramientas:

a) Código de ética y buenas prácticas, respetando las  pautas que la autoridad de aplicación determine;

b) Diseño de capacitaciones obligatorias sobre el Plan estratégico de Integridad para el interior de las Personas Jurídicas Privadas en todos sus rangos y jerarquías;

c) Protocolo de Resolución de conflicto de intereses e incompatibilidades;

d) Generación de políticas de transparencia activas tales como actualización de canales de contacto vía web y líneas de integridad abiertas a terceros.