Artículo 16°
Artículo 16°. Lineamientos. Para quienes opten por la implementación del Plan Estratégico de Integridad, el mismo deberá contener como mínimo las siguientes herramientas:
a) Código de ética y buenas prácticas, respetando las pautas que la autoridad de aplicación determine;
b) Diseño de capacitaciones obligatorias sobre el Plan estratégico de Integridad para el interior de las Personas Jurídicas Privadas en todos sus rangos y jerarquías;
c) Protocolo de Resolución de conflicto de intereses e incompatibilidades;
d) Generación de políticas de transparencia activas tales como actualización de canales de contacto vía web y líneas de integridad abiertas a terceros.