Artículo 24º (actualizado)
Artículo 24º- La Autoridad de Aplicación deberá desarrollar y fomentar campañas de promoción, comunicación y sensibilización de forma continua en Ética Pública, Integridad y Transparencia, así como también asegurar la difusión de los principios rectores establecidos en la presente Ley, con el objeto de visibilizar y concientizar sobre la temática a las personas que se desempeñan en la función pública, empresas y organismos que se relacionan con el estado provincial, y a la población, en general.