ARTÍCULO 710. Excepción de falta de integración del título.

ARTÍCULO 710. Excepción de falta de integración del título. Cuando el título proceda de una relación de consumo no informada en los términos del artículo 707 (Título originado en relación de consumo. Integración. Control de oficio), la ejecutada puede plantear la existencia de una relación de consumo, y la falta o insuficiente integración del título a través de la excepción de falta de integración.