ARTÍCULO 910. Queja por denegatoria.
ARTÍCULO 910. Queja por denegatoria. Si la cámara o el tribunal deniegan el recurso extraordinario, dentro de los 5 días puede plantearse la queja ante la Suprema Corte.
ARTÍCULO 910. Queja por denegatoria. Si la cámara o el tribunal deniegan el recurso extraordinario, dentro de los 5 días puede plantearse la queja ante la Suprema Corte.