ARTÍCULO 946. Designación de la administradora o administrador.
ARTÍCULO 946. Designación de la administradora o administrador. Para la designación de la administradora o administrador definitivo regirá el artículo 932 (Administración provisional) de este Código y el artículo 2347 del Código Civil y Comercial. Las administradoras provisionales podrán ser propuestas como administradoras definitivas