ARTÍCULO 994. Vigencia parcial.
ARTÍCULO 994. Vigencia parcial. Ley 11.653 de Procedimiento Laboral. El artículo será redactado en función del trámite que tenga el Anteproyecto de Procedimiento Laboral.
ARTÍCULO 994. Vigencia parcial. Ley 11.653 de Procedimiento Laboral. El artículo será redactado en función del trámite que tenga el Anteproyecto de Procedimiento Laboral.