ARTÍCULO 156. Efectos de la sentencia.
ARTÍCULO 156. Efectos de la sentencia. La sentencia hará cosa juzgada a favor o en contra de la persona deudora citada, haya o no comparecido al proceso.
ARTÍCULO 156. Efectos de la sentencia. La sentencia hará cosa juzgada a favor o en contra de la persona deudora citada, haya o no comparecido al proceso.