ARTÍCULO 695. Responsabilidad
ARTÍCULO 695. Responsabilidad. El derecho a requerir la ejecución provisional no exime de responsabilidad a los tribunales por el incumplimiento de los plazos para dictar sentencia.
ARTÍCULO 695. Responsabilidad. El derecho a requerir la ejecución provisional no exime de responsabilidad a los tribunales por el incumplimiento de los plazos para dictar sentencia.