ANTEPROYECTO DE CÓDIGO DE FAMILIAS, CIVIL Y COMERCIAL



Artículos del capítulo 98.5

ARTÍCULO 874. Denegación de la apelación. Si la jueza o juez deniega la apelación, la parte agraviada puede recurrir directamente en queja ante la cámara pidiendo que se le conceda el recurso denegado.

El plazo para interponer la queja será de 5 días.

 

ARTÍCULO 875 (actualizado). Trámite. Efecto. Presentada la queja en forma, la cámara decidirá, sin trámite alguno, si el recurso de apelación fue bien o mal denegado. En este último caso mandará a tramitar el recurso en la misma instancia o lo resolverá directamente si ya lo hubiera tramitado, con comunicación al juzgado de primera instancia.

La interposición de la queja no tiene efectos suspensivos.

(Modificación realizada el 14-10-2021 a partir de la propuesta de Rosa Beatriz Filippello en la comisión sobre recursos).

Versión anterior

ARTÍCULO 875. Trámite. Efecto. Presentada la queja en forma, la cámara decidirá, sin trámite alguno, si el recurso de apelación fue bien o mal denegado. En este último caso mandará a tramitar el recurso a primera instancia o lo resolverá directamente si ya hubiera tramitado.

La interposición de la queja no tiene efectos suspensivos.

 

ARTÍCULO 876 (actualizado). Objeción sobre el efecto y el tratamiento del recurso. En los supuestos de apelación restringida la queja también será procedente para cuestionar la forma, efecto o tratamiento con que se haya concedido el recurso de apelación.

En la apelación amplia la objeción sobre el efecto se plantea directamente ante la cámara.

(Modificación realizada el 30-09-2021 a partir de la propuesta de Rosa Beatriz Filippello respecto del artículo 863 en la comisión de trabajo sobre recursos. También se modificó el artículo a partir de la propuesta de Agustín Hankovits en la misma comisión de trabajo).

 

 

Versión anterior

ARTÍCULO 876. Objeción sobre el efecto y el modo del recurso. La queja también será procedente para cuestionar la forma, efecto o modo con que se haya concedido el recurso de apelación.